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Jueves, 2 Septiembre 2010

Financiación para la exportación

Consiste en el anticipo del cobro de las exportaciones de bienes o de servicios.

Se distingue entre prefinanciaciones y postfinanciaciones según si se financia la fase de fabricación anterior a la exportación o únicamente el aplazamiento de cobro posterior a la misma.

Prefinanciación

En algunas ocasiones el exportador necesita financiación para cubrir el periodo de fabricación o producción de la mercancía a exportar.

En consecuencia, el plazo de financiación será desde la fecha del pedido hasta la fecha prevista del envío de la mercancía; es conveniente fijar unos días más para cubrir posibles retrasos en el embarque.

El importe de la prefinanciación se fijará según el coste de la fabricación o producción de la mercancía, excluyendo los beneficios obtenidos por el exportador en la operación de venta.

Lo habitual es que la entidad financiera exija al exportador que acredite su solicitud de prefinanciación con el pedido recibido de su cliente importador, que deberá incluir, al menos, los siguientes datos:

  • Importe de la operación
  • Fecha de entrega de la mercancía
  • Forma de pago

Financiación del periodo de aplazamiento de cobro

Normalmente transcurre un periodo de tiempo desde el envío de la mercancía hasta el cobro de la misma por el exportador, aun cuando se trate de una operación de pago al contado. Si éste tiene necesidad de que la entidad financiera le anticipe los fondos solicitará la financiación de dicha exportación, cancelando con estos fondos la prefinanciación. Para ello el exportador deberá entregar a la entidad financiera la documentación acreditativa del envío de la mercancía (factura comercial, documento de transporte).

El plazo de la financiación se fijará de acuerdo con la fecha de cobro.

El importe financiable se corresponderá con el de la factura comercial a cobrar.

La financiación puede solicitarse en euros o en divisas. Si la moneda de cobro es Euro, lo habitual es financiarse en Euros. En el caso de que la moneda de cobro sea distinta al Euro, el exportador puede:

  • Financiarse en Euros. Con esta decisión se somete al coste financiero del Euro y a la cotización que tenga la divisa de cobro el día de la cancelación de la financiación.
  • Financiarse en la divisa de cobro: Se somete al coste financiero de esa divisa y a la cotización que tenga la divisa el día de inicio de la financiación (en caso de que esta divisa sea cambiada a Euros).

 






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