Se considera Factura Electrónica cualquier mensaje o documento electrónico que cumpla las condiciones de emisión y de contenidos exigidas en el Real Decreto 1496/2003. No se exige la denominación de factura.
Aspectos más destacados
Se exige que el cliente destinatario haya dado su consentimiento a este sistema de forma expresa, para todas las facturaciones futuras (Propuesta de carta de aceptación).
La factura debe estar firmada electrónicamente, con un certificado digital reconocido por la Agencia Tributaria. En e-factur@ CAI, el emisor no precisa certificado propio, ya que delega la firma digital en CAI.
La legislación actual basándose en la firma electrónica establece tres principios básicos que se deben garantizar y que son exigibles a la facturación:
La autenticidad del origen de la factura (el emisor de la factura es realmente quien dice ser)
La integridad de su contenido (garantizar que el contenido de la factura no ha sido modificado tras su firma, manteniendo su formato original)
No repudio en emisión (el emisor de la factura no podrá negar la existencia y validez legal de la factura emitida una vez generada).
Los documentos generados deberán conservarse por medios electrónicos para su consulta o requerimiento por parte de la Administración Tributaria.
Otras normas reguladoras
Real Decreto 87/2005, de 31 de enero, que traspone la Directiva 2001/115/ce Del Consejo, de 20 de Diciembre de 2001: simplificación, modernización y armonización de las condiciones impuestas a la facturación en relación con el IVA. Promueve la generalización del uso de la facturación electrónica en todo el ámbito de la UE, con libertad en el uso de las tecnologías y formatos empleados.
Ley IVA art. 164 y 165 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, aprueba el reglamento que regula las obligaciones de facturación.
Orden HAC/3134/2002, de 5 de diciembre, sobre un nuevo desarrollo del régimen de facturación telemática (BOE 28/02/2003).
Resolución 2/2003, del 14 de febrero regula determinados aspectos de la facturación telemática.
Orden HA/962/2007, de 10 de abril, que desarrolla determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto 1496/2003,anteriormente mencionado.
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