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Jueves, 2 Septiembre 2010

Conceptos Generales de Fondos de Inversión

Algunos conceptos y términos propios de las inversiones en fondos

1. Institución de inversión colectiva
2. Clases de instituciones
3. Fondos de inversión
4. CNMV
5. Inverco
6. Sociedad Gestora
7. Entidad depositaria
8. El partícipe
9. La participación

1. Institución de inversión colectiva

Las instituciones de inversión colectiva (IIC) son instrumentos financieros que ponen al alcance del pequeño y mediano inversor prácticamente la totalidad de los mercados de valores mobiliarios nacionales e internacionales. Aun asumiendo diferentes formas jurídicas con distintos funcionamientos, su idea se resume en que equipos de expertos profesionales gestionan, a través de las aportaciones realizadas por los partícipes o accionistas, el patrimonio resultante conforme a la filosofía definida previamente para la institución con el fin de trasladar a aquellos los resultados de la gestión.

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2. Clases de instituciones

Los dos grandes grupos en los que la ley divide a las instituciones de inversión colectiva (IIC) se diferencian básicamente en que las sociedades (SIM, SIMCAV y SII) tienen personalidad jurídica propia, con la existencia de un consejo de administración que se responsabiliza de su gestión, mientras que los fondos, en cualquiera de sus formas, no tienen personalidad jurídica propia, precisando para su constitución de la existencia de una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva (ICC) y de una entidad depositaria que serán las que desarrollarán las funciones necesarias de gestión, administración, representación y control.
Consecuentemente, las SIM, SIMCAV y SII tienen su capital dividido en acciones, mientras que la unidad de propiedad de un fondo es la participación.

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3. Fondos de inversión

Un fondo de inversión es un patrimonio sin personalidad jurídica constituido por las aportaciones de una pluralidad de personas físicas o jurídicas denominadas partícipes, administrado por una sociedad gestora responsable de su gestión y por una entidad depositaria que custodia sus títulos y efectivo y ejerce funciones de vigilancia y garantía ante los inversores.

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4. CNMV

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es el organismo encomendado de la supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos, velando por la transparencia, por la correcta formación de los precios y por la protección de los inversores.
Es un ente de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, creado por la Ley 24/1988 del Mercado de Valores.

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5. Inverco

Inverco es la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, y agrupa, en calidad de miembros asociados, prácticamente a la totalidad de las instituciones de inversión colectiva (fondos y sociedades de inversión) y fondos de pensiones españoles, así como a las sociedades gestoras de carteras.
Entre otros objetivos:

  • Representa los intereses de las IIC, fondos de pensiones y sociedades gestoras de carteras ante las administraciones públicas.
  • Lleva a cabo una máxima coordinación de todas las instituciones integradas en la asociación, realizando cuantas gestiones estime convenientes en defensa de los intereses de los asociados.
  • Establece y fomenta las relaciones con otras entidades españolas o extranjeras.

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6. Sociedad gestora

Una gestora de un fondo de inversión es una sociedad anónima cuyo objeto social exclusivo es la representación y administración de instituciones de inversión colectiva (IIC), con facultades de dominio sobre los activos de éstas pero sin ser propietaria de los mismos.
Entre sus funciones destacan:

  • Constituir un fondo junto con el depositario elaborando el correspondiente reglamento.
  • Ejercer los derechos inherentes a los valores que el fondo tiene en cartera en beneficio exclusivo de los partícipes.
  • Determinar el valor de las participaciones.
  • Gestionar el patrimonio objeto del fondo.

Las gestoras están obligadas a remitir a la CNMV periódicamente una información exhaustiva que relata la trayectoria de los fondos y el grado de cumplimiento de los requisitos establecidos legalmente, entre otros destacan: los coeficientes de inversión del activo, del patrimonio, de liquidez, posiciones en el grupo de la gestora, relación de operaciones de compra y venta, etc.
En la práctica, el fondo actúa como un "saco". En la medida que un partícipe opta por comprar participaciones, el efectivo aportado entra en el saco aumentando el patrimonio y el gestor lo invierte en valores. Cuando el inversor vende participaciones, el fondo reduce su patrimonio. Todas las operaciones de compra, venta y transmisión de participaciones deben pasar ineludiblemente por la gestora, no pudiéndose realizar operaciones sin que ésta medie.

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7. Entidad depositaria

La entidad depositaria de un fondo de inversión puede ser cualquier caja de ahorros, banco, sociedad o agencia de valores o cooperativa de crédito debidamente inscrita en los registros especiales de la CNMV. Su función básica es la custodia de los valores que la IIC tiene en su cartera, sin bien puede confiar total o parcialmente la misma a un tercero. Al margen de esta responsabilidad tiene, entre otras, las siguientes:

  • Constituir un fondo junto con la gestora elaborando el correspondiente reglamento.
  • Asumir ante los partícipes la función de vigilancia y control de la gestión realizada por la gestora, estando obligada a comunicar a la CNMV cualquier anomalía detectada.
  • Cobrar y pagar las suscripciones y reembolsos del fondo.
  • Cumplimentar las operaciones de compra y venta de valores.
  • Recibir y custodiar los valores líquidos del fondo.

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8. El partícipe

El partícipe es el titular de las participaciones de un fondo. Este hecho le otorga únicamente el derecho de propiedad sobre las participaciones suscritas.
El titular podrá ser una persona física o jurídica, residente o no residente, mayor o menor de edad, pudiendo existir uno o varios titulares por cuenta abierta.

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9. La participación

La participación de un fondo de inversión es la unidad de titularidad del mismo. Todas las participaciones tienen los mismos derechos y valen lo mismo. Su propiedad da derecho a participar en los resultados de la gestión, que se harán efectivos convirtiéndose en beneficios o pérdidas en el momento en el que el titular toma la decisión de venta.
Las participaciones de un fondo, al carecer éste de personalidad jurídica propia, no dan derecho a voz ni a voto, solamente a participar en los resultados de la inversión desde el momento de su compra hasta el de su venta

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